En nuestro pequeño país, Ecuador, es muy frecuente que cada cierto tiempo, y como elemento de chantaje, protesta y resistencia, ciertos grupos políticos extremos, mal utilicen al elemento de la huelga, como factor de presión para sus exigencias, si bien es cierto que la constitución, los derechos del trabajador y otras garantías laborales, reconocen la huelga como elemento reivindicativo, no es menos cierto que, el significado, modo y elemento de la huelga, a sido mal utilizado, es así que se ha abusado de este derecho, en perjuicio de la ciudadanía, como un elemento de retroceso y de aplazamiento del desarrollo, que siempre a limitado las libertades individuales y colectivas del resto, por ello es justo que nos refiramos en estos apuntes sobre lo que debe entenderse como huelga, entonces diremos inicialmente que:
La huelga, para nuestro Código de Trabajo, es la suspensión colectiva del trabajo, lógicamente por los trabajadores organizados, aunque este concepto tan fácil de entender, para los sesudos huelguistas se convierte en autorización de, quema de llantas, lanzar piedras, romper vidrios, agredir policías, y todas y cada una de las formas detestables de ofender a la moral, las buenas costumbres, la lógica y la razón, si bien es cierto que el detener ya las labores cotidianas, presupuesta un perjuicio para el empleador, amén del trabajador, resulta un perjuicio aun mas grave para, el estado y la colectividad, súmese a esto que la agresión degenerada que suele contener las mal llamadas huelgas, solo ocasiona aun más violencia, sea por los agentes del orden o por las personas que son afectadas con estas interrupciones o agresiones, pese a que el concepto es clarísimo, aun no se entiende en qué momento se entendió suspensión, con agresión, y huelga con disturbios, agresiones o vejaciones, sin embargo, es de entender que estas dichas actividades son popularmente conocidas como huelga, cosa que es contraria a esta, y más bien estos disturbios deberían llamarse alzadas, protestas, etc.
Definido que tenemos el concepto de huelga, deberíamos exponer las clases de huelgas que podemos hallar:
Por objetivos y fines:
- Política
- Profesionales o económicas
- Solidarias
La huelga, para nuestro Código de Trabajo, es la suspensión colectiva del trabajo, lógicamente por los trabajadores organizados, aunque este concepto tan fácil de entender, para los sesudos huelguistas se convierte en autorización de, quema de llantas, lanzar piedras, romper vidrios, agredir policías, y todas y cada una de las formas detestables de ofender a la moral, las buenas costumbres, la lógica y la razón, si bien es cierto que el detener ya las labores cotidianas, presupuesta un perjuicio para el empleador, amén del trabajador, resulta un perjuicio aun mas grave para, el estado y la colectividad, súmese a esto que la agresión degenerada que suele contener las mal llamadas huelgas, solo ocasiona aun más violencia, sea por los agentes del orden o por las personas que son afectadas con estas interrupciones o agresiones, pese a que el concepto es clarísimo, aun no se entiende en qué momento se entendió suspensión, con agresión, y huelga con disturbios, agresiones o vejaciones, sin embargo, es de entender que estas dichas actividades son popularmente conocidas como huelga, cosa que es contraria a esta, y más bien estos disturbios deberían llamarse alzadas, protestas, etc.
Definido que tenemos el concepto de huelga, deberíamos exponer las clases de huelgas que podemos hallar:
Por objetivos y fines:
- Política
- Profesionales o económicas
- Solidarias
Conforme a la ley:
- Legales
- Ilegales
- Licitas
- Ilícitas
- Legales
- Ilegales
- Licitas
- Ilícitas
Por la forma:
- Simbólica
- Intermitente
- De brazos caídos
- Piquetes
- Boicot
- Sabotaje
De toda esta amalgama de situaciones que se pueden presentar en la huelga, la altisonante, agresiva, es la que más frecuentemente se realiza en nuestro país, debemos entender que además la huelga o el anuncio de esta, debe ser anticipada con suficiente tiempo, para que el patrono pueda considerar la situación y buscar conversaciones entre las partes para llegar a un arreglo, generalmente se plantea que el anuncio de la huelga debe prevenir al patrón con diez días de anticipación a lo menos, tiempo suficiente para que las partes puedan buscar acuerdos y mediaciones suficientes para llegar a solventar la situación y solamente el incumplimiento del patrón, o el no comprender los reclamos de los trabajadores llevaran a que esta medida extrema se efectué, en perjuicio pernicioso de el empleador, y como hemos dicho de la sociedad entera.
- Simbólica
- Intermitente
- De brazos caídos
- Piquetes
- Boicot
- Sabotaje
De toda esta amalgama de situaciones que se pueden presentar en la huelga, la altisonante, agresiva, es la que más frecuentemente se realiza en nuestro país, debemos entender que además la huelga o el anuncio de esta, debe ser anticipada con suficiente tiempo, para que el patrono pueda considerar la situación y buscar conversaciones entre las partes para llegar a un arreglo, generalmente se plantea que el anuncio de la huelga debe prevenir al patrón con diez días de anticipación a lo menos, tiempo suficiente para que las partes puedan buscar acuerdos y mediaciones suficientes para llegar a solventar la situación y solamente el incumplimiento del patrón, o el no comprender los reclamos de los trabajadores llevaran a que esta medida extrema se efectué, en perjuicio pernicioso de el empleador, y como hemos dicho de la sociedad entera.
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